Se publica en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía la Orden de 26 de septiembre de 2011, por la que se deroga parcialmente la Orden de 31 de octubre de 2008, por la que se establece el Plan Extraordinario para la mejora de la empleabilidad de las personas demandantes de empleo y se regulan y convocan las ayudas para la ejecución del mismo.

La estrecha vinculación de las medidas contempladas en el Plan PEMO y en el Plan MEMTA ha supuesto que la decisión del Gobierno de la Nación de no prorrogar el Plan PEMO, con la excepción ya citada de la de los 1.500 orientadores, haya dejado sin efecto las actuaciones reguladas en los Capítulos II, III, IV y V de la Orden de 31 de octubre de 2008. No obstante, respecto de las Ayudas a la Movilidad para la Consecución de un Nuevo Empleo reguladas en el Capítulo VI de dicha Orden, existe un remanente presupuestario que aún no se ha aplicado, por lo que el mismo se mantendrá vigente hasta tanto se agote la dotación presupuestaria otorgada en su momento.

La evolución de la situación económica y social, así como el nivel de desempleo en el ámbito nacional y andaluz, ha provocado que tanto al legislador estatal como el legislador autonómico dicten una serie de normas en las que se recogen nuevas medidas encaminadas a mejorar la empleabilidad de los colectivos más afectados por la crisis económica y a priorizar las actuaciones destinadas a obtener una formación profesional integral adaptada a las nuevas necesidades del mercado laboral, y, en consecuencia, conseguir su inserción laboral.

Por lo tanto, queda derogada de forma expresa la Orden de 31 de octubre de 2008, por la que se establece el Plan Extraordinario para la Mejora de la Empleabilidad de las Personas Demandantes de Empleo y se regulan y convocan las ayudas para la ejecución del mismo, a excepción de los siguientes artículos:

a) Los artículos 2.2 y 4 del Capítulo I.

b) El Capítulo VI.

c) El Capítulo VII.

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