El Real Decreto 1529/2013, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato para la formación y el aprendizaje y se establecen las bases de la formación profesional dual pretende establecer las bases para la implantación de la formación profesional dual en España, entendida ésta como el conjunto de acciones e iniciativas formativas que tienen por objeto la calificación profesional de las personas, combinando los procesos de enseñanza y aprendizaje en la empresa y en el centro de formación competente.

Esta medida supone una mayor participación y colaboración de las empresas en los sistemas de formación profesional, propiciando una participación más activa de las empresas en la formación de los jóvenes que cada vez se va adaptando más a las demandas y necesidades de las empresas y el sector productivo, por lo que el objeto final es que centros formativos y empresas aúnen sus esfuerzos para favorecer una mayor inserción laboral de nuestros jóvenes.

En disposiciones previas a ésta ya se establece la colaboración de las empresas en el desarrollo de la formación de los trabajadores, es el caso de la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional y la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de Educación, en ambas normativas se establece que debe favorecerse la de formación práctica de los alumnos en los centros de trabajo, empresas y otras entidades, así como que se facilitarán los mecanismos adecuados para que la formación reciba la financiación pública adecuada, ya sea concedida por el centro, la empresa, mediante conciertos, convenios, subvenciones u otros procedimientos.

La Formación Profesional Dual permite trabajar contratado en una empresa obteniendo una titulación como un ciclo Formativo o un Certificado de Cualificación Profesional. Trabajas y te formas.

 El objetivo de esta normativa es conseguir el aumento de la creación de empleo entre los jóvenes, así como mejorar la formación de nuestros trabajadores para lograr una mayor cualificación profesional entre la población activa del país. Pero ¿quién la puede realizar?, ¿cuántas horas se tienen dentro del trabajo para formarse?, ¿Qué modalidades hay?, ¿quién se beneficia más: empresa o trabajador? Con este artículo os damos respuestas a vuestras preguntas.

La Formación Profesional Dual es una modalidad de Formación Profesional que se basa en aprovechar el nuevo Contrato para la Formación y Aprendizaje para compatibilizar el trabajo que se desarrolla en las empresas con la obtención de títulos académicos o el Certificado de Cualificación de Profesionalidad correspondiente según dispone el Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral.

Los que más se beneficiarán de esta medida son  los jóvenes trabajadores de entre 16 y 25 años que carezcan de la cualificación profesional requerida para poder gozar de un contrato laboral por la falta de formación académica.

Con la Formación Profesional Dual se modifica el tiempo que debe dedicarse dentro de la jornada laboral a la formación, pasando éste de un 20% al 33% de las horas de la jornada como mínimo para poder formarse y obtener así un título de formación profesional o el certificado

Lo mejor de todo es que tanto empresas como trabajadores se benefician con esta medida, ya que se mejora la formación de los trabajadores y porque ambos podrán financiar el coste de esta formación a través de deducciones en la Seguridad Social que irán desde el 75% al 100%.

Te resumimos los puntos más importantes de Formación Profesional Dual:

  • Firma de un contrato de formación y aprendizaje con la empresa donde el salario será el mismo que el del convenio colectivo y nunca inferior al salario mínimo interprofesional: 645,30 euros.
  • Tener entre 16 y 25 años al comenzar el proceso de Formación Profesional Dual.
  • La duración de la Formación Profesional Dual tendrá una duración de entre 6 meses y 3 años.
  • La jornada de trabajo en la empresa será menor del 75% el primer año y menor del 85% el segundo y tercer año.
  • Queda prohibido realizar horas extras, trabajos nocturnos o turnos rotatorios.

Puedes realizar la Formación Profesional en distintas modalidades:

  • Formación con participación en la empresa.
  • Formación en empresa autorizada.
  • Formación compartida en empresa y centro de formación.
  • Formación exclusiva en la empresa.

Algunas comunidades autónomas ya han introducido esta modalidad dentro de sus acciones formativas, por lo que  lo ya queda es informarnos de cómo nuestra comunidad autónoma va a desarrollar este Real Decreto y saber así qué ciclos formativos podemos realizar y en qué centros y empresas llevar a cabo nuestra Formación Profesional Dual.

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