El día 28 de noviembre, se publicó en el BOJA, la Orden de 11 de noviembre de 2011, por la que se crea el Registro Andaluz de Certificados de Profesionalidad y Acreditaciones Parciales Acumulables, y se establece el procedimiento para su registro y expedición.
Se crea el Registro Andaluz de Certificados de Profesionalidad y Acreditaciones Parciales Acumulables, como Registro único de naturaleza administrativa, que tendrá por objeto la inscripción nominal y por especialidades formativas de los certificados de profesionalidad y las acreditaciones parciales acumulables.
El Registro Andaluz de Certificados de Profesionalidad y Acreditaciones Parciales Acumulables se estructura por nombres y especialidades formativas, dividiéndose en las siguientes secciones:
a) Sección Primera, certificados de profesionalidad.
b) Sección Segunda, acreditaciones parciales acumulables.
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