Evaluación y Acreditación de Competencias Profesionales adquiridas por la Experiencia Laboral o Vías no Formales de Formación

En la sociedad actual hay muchas trabajadoras y trabajadores que encuentran dificultades para conseguir una efectiva integración laboral, promoción profesional y reconocimiento social, debido a que no cuentan con una acreditación oficial de las competencias profesionales que poseen. Son trabajadores y trabajadoras que tienen competencias pero no la acreditación oficial de las mismas. A causa de esto, además de por las directrices emanadas de los órganos legislativos europeos, se adoptan medidas como la del reconocimiento de competencias profesionales.Acreditación de la Experiencia Profesional - CUALIFICA

El reconocimiento de las competencias profesionales es una medida que pretende favorecer la educación y la formación profesional en aras de conseguir una sociedad que cuente con una población activa cualificada.

Las competencias profesionales se configuran en este sentido como la base de formación necesaria que elevará el nivel y calidad de vida de las personas siendo, consecuentemente, un factor que favorecerá la cohesión social y económica, así como el fomento del empleo y la calidad del mismo.

El procedimiento de reconocimiento de competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral o por vías no formales de formación tiene como principal marco regulador y delimitador el Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral.

Este Real Decreto establece el procedimiento y los requisitos para la evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación, y en consonancia con las disposiciones establecidas por la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, tiene como finalidades:

  • Evaluar las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral y otras vías no formales de formación.
  • Acreditar oficialmente las competencias profesionales, con el fin de facilitar la inserción e integración laboral, la movilidad en el mercado de trabajo y la progresión personal y profesional.
  • Facilitar a las personas el aprendizaje a lo largo de la vida y el incremento de su cualificación profesional.

Las convocatorias de acreditación de competencias profesionales las realizarán las administraciones públicas competentes en atención a las necesidades del mercado laboral, debiendo centrarse cada convocatoria en ámbitos profesionales determinados que limitarán la participación a las personas que se ajusten al perfil previsto.

Las administraciones públicas competentes garantizarán a las personas candidatas el acceso, previo a la inscripción, de información y orientación en relación con el procedimiento, los derechos y obligaciones que lleva aparejada la participación, las acreditaciones que se pueden obtener, los efectos de las mismas, etc.