El 9 de septiembre de 2011 se publicó en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía,  el Acuerdo de 6 de septiembre de 2011, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Plan de Oportunidades Laborales en Andalucía (OLA).

El Plan de Oportunidades Laborales en Andalucía (en adelante, Plan OLA) está dirigido a impulsar la inversión en infraestructuras educativas, contribuyendo de manera decisiva a la creación de empleo y proporcionando oportunidades laborales, en especial para los parados de la construcción. El período de ejecución de las actuaciones contempladas en dicho Plan finalizará el 31 de diciembre de 2012.

Acuerdo por el que se aprueba el Plan de Oportunidades Laborales en Andalucía - CUALIFICAEn el acuerdo se establece que  el Plan OLA estará dotado con doscientos millones de euros que se financiarán del siguiente modo:

  • El 80% -sesenta millones de euros- con cargo a las ayudas programadas en el Programa Operativo FEDER de Andalucía 2007-2013.
  • El 20% restante -cuarenta millones de euros- con cargo a los recursos propios de la Administración de la Junta de Andalucía.

También se acuerda, entre otras cosas, crear la Comisión de Planificación y Seguimiento del Plan OLA, que estará presidida por la persona titular de la Secretaría General de Economía de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia, y de la que formarán parte las personas titulares de las viceconsejerías de Educación y Empleo, de la Secretaría General de Hacienda de la Consejería de Hacienda y Administración Pública y de la Dirección General de Fondos Europeos y Planificación de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia, asumiendo esta última las funciones de secretaría de este órgano.

Se atribuyen a esta Comisión las funciones tanto de formulación del Plan, a partir de los proyectos elevados por la Consejería de Educación, en función de una mejor empleabilidad y de las necesidades de los centros educativos, como las de adopción de las medidas correctoras y de mejora derivadas del seguimiento de la ejecución, en su caso, del desarrollo del Plan. Con el fin de garantizar su conocimiento, el Plan estará disponible en el portal web de la Junta de Andalucía.

Las obras que se deriven del Plan OLA deberán estar finalizadas y pagadas a 31 de diciembre de 2012.

Cuando existan causas excepcionales que impidan la finalización en dicho plazo se podrá solicitar a la Comisión de Planificación y Seguimiento, con antelación a la fecha establecida, una ampliación del mismo debidamente justificada.