Nivel de
Cualificación
Profesional
3
Código: SSC449_3
Familia Profesional: Servicios socioculturales y a la comunidad
Duración de la formación asociada: 870h
Intervenir en los procesos de atención, integración y formación relacionados con las personas sordas y su entorno, exceptuando el ámbito de la educación formal, así como en acciones de sensibilización social sobre el colectivo de personas sordas.
Desarrolla su actividad profesional en cualquier estructura u organización de carácter público y/o privado que gestione y/o preste servicios sociales, que atienda a personas sordas y/o que tenga como objeto la intervención social, laboral, familiar y cultural. Su actividad la realiza, cuando procede, en colaboración con un equipo interdisciplinar. Se integra en equipos interdisciplinares junto a otros profesionales del mismo nivel o superior. Su ejercicio profesional se dirige, entre otros, a los siguientes colectivos: Personas sordas. Entorno socio-familiar de las personas sordas. Sectores sociales de personas sordas: Mujeres, jóvenes, inmigrantes, mayores y/o personas en situación de desfavorecimiento socio-económico. Profesionales que atienden a personas sordas. Profesionales de atención básica al ciudadano. Voluntariado.
En el desarrollo de la actividad profesional se aplican los principios de accesibilidad universal de acuerdo con la legislación vigente.
- Real Decreto 1096/2011, de 22 de julio, por el que se complementa el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, mediante el establecimiento de nueve cualificaciones profesionales de la familia profesional Servicios Socioculturales y a la Comunidad. (BOE 31-8-11).
- Orden PRE/2053/2015, de 1 de octubre, por la que se actualizan cuatro cualificaciones profesionales de la familia profesional Servicios Socioculturales y a la Comunidad, recogidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, establecidas por Real Decreto 1368/2007, de 19 de octubre; y se modifican parcialmente determinados anexos establecidos por Real Decreto 567/2011, de 20 de abril, y Real Decreto 1096/2011, de 22 de julio. (BOE 07-10-15).
Se ubica en el sector servicios que desarrollan proyectos de intervención con personas sordas, concretamente en:
- Entidades representativas del colectivo de personas sordas con programas específicos para personas sordas.
- Asociaciones de familias de personas sordas.
- Centros de atención a la discapacidad.
- Agencias locales, provinciales y autonómicas.
- Unidades o programas relacionados con la discapacidad.
- Centros de inserción laboral y de inserción ocupacional.
- Centros de día.
- Distintos centros de residencia.
- Centros de acogida.
- Unidades de hospitalización de larga duración.
- Centros de rehabilitación psicosocial.
- Empresas que ofrecen servicios de accesibilidad.
- Entidades públicas y privadas que mantienen relación con el colectivo de personas sordas de manera esporádica y no constante.