Nivel de
Cualificación
Profesional
3
Obtener registros gráficos, morfológicos o funcionales, del cuerpo humano, con fines diagnósticos o terapéuticos, utilizando equipos de radiodiagnóstico y medicina nuclear, siguiendo protocolos normalizados de trabajo, interpretando y validando los resultados técnicos obtenidos bajo la dirección del facultativo especialista correspondiente.
Tipo | Código | Nombre | Duración | Nivel |
---|---|---|---|---|
MF | Gestión del Área Técnica de Trabajo de Una Unidad de Radiodiagnóstico Y/O Medicina Nuclear | 30h | 3 | |
MF | Anatomofisiología y Patología en Radiodiagnóstico y Medicina Nuclear | 180h | 3 | |
MF | Radiografía Simple, con Contraste e Intervencionista | 240h | 3 | |
MF | Tomografía Computarizada (Tac) y Ecografía (Eco) | 120h | 3 | |
MF | Resonancia Magnética (Rm) | 120h | 3 | |
MF | Gammagrafía Simple, Estudios Funcionales y Tomografía de Emisión de Fotón Único (Spect y Spect-Tac) en Unidades de Medicina Nuclear | 240h | 3 | |
MF | Tomografía de Emisión de Positrones (Pet y Pet-Tac) | 150h | 3 | |
MF | Aplicaciones Terapéuticas y Analíticas de la Medicina Nuclear | 120h | 3 | |
MF | Protección Radiológica | 150h | 3 |
Desarrolla su actividad profesional en el sector sanitario público y privado, en unidades de radiodiagnóstico y de medicina nuclear, así como en centros de investigación y en institutos anatómico-forenses o de medicina legal, centros de experimentación animal, delegaciones comerciales de productos hospitalarios, farmacéuticos y técnicos de aplicaciones en electromedicina. Realiza su trabajo por orden y bajo la dirección especialista correspondiente. En los casos que proceda además actuará de acuerdo con los protocolos establecidos por el supervisor de instalaciones radiactivas y con la correspondiente acreditación como operador de instalaciones radiactivas otorgado por el Consejo de Seguridad Nuclear.
Su actividad profesional está sometida a regulación por la Administración competente.
- Real Decreto 887/2011, de 24 de junio, por el que se complementa el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, mediante el establecimiento de tres cualificaciones profesionales correspondientes a la Familia Profesional Sanidad (BOE 11-07-2011).
Se ubica en el sector sanitario:
Atención primaria: centros de salud. Atención hospitalaria: Servicios de radiodiagnóstico (unidades de radiología simple, intervencionista, urgencias TAC, ECO, RM, servicios de hemodinámica y cardiología, UCI, quirófanos, reanimación). Servicios de medicina nuclear (unidades de radiofarmacia, gammagrafía simple, SPECT; SPECT-TAC, PET, PET-TAC, laboratorio de RIA, unidades de tratamiento radiometabólico, UCI, quirófanos, reanimación, urgencias y unidades de ciclotrón). Servicios de protección radiológica.
Atención Especializada: Centros de Especialidades. Consultas médicas privadas con equipos de imagen para el diagnóstico y/o medicina nuclear. Servicios de radiología de instituciones penitenciarias. Mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Unidades de ciclotrón. Unidades de radiofarmacia. Otras unidades de radiodiagnóstico o medicina nuclear.