Nivel de
Cualificación
Profesional
2
Código: INA174_2
Familia Profesional: Industrias alimentarias
Duración de la formación asociada: 570h
Realizar las operaciones de elaboración, crianza y envasado de vinos, aguardientes, bebidas espirituosas y otros productos derivados, en las condiciones establecidas en los manuales de procedimiento y calidad, así como manejar la maquinaria y equipos correspondientes y efectuar su mantenimiento de primer nivel.
Desarrolla su actividad profesional en el departamento de producción, relacionado con el departamento de mantenimiento y calidad, dedicada/o en la Industria alimentaria a la elaboración de vinos y otras bebidas alcohólicas, en entidades de naturaleza pública o privada, empresas de tamaño pequeño/mediano/grande, tanto por cuenta propia como ajena, principalmente en empresas con forma jurídica de sociedad/cooperativa. Desarrolla su actividad dependiendo, en su caso, funcional y/o jerárquicamente de un superior. Puede tener personal a su cargo en ocasiones, por temporadas o de forma estable. Su actividad profesional está sometida a regulación por la Administración competente. En el desarrollo de la actividad profesional se aplican los principios de accesibilidad universal de acuerdo con la normativa aplicable.
- REAL DECRETO 1228/2006, de 27 de octubre, por el que se complementa el Catálogo nacional de cualificaciones profesionales, mediante el establecimiento de determinadas cualificaciones profesionales, así como sus correspondientes módulos formativos que se incorporan al Catálogo modular de formación profesional. (BOE 03-01-07).
- Orden PRE/2047/2015, de 1 de octubre, por la que se actualizan dieciséis cualificaciones profesionales de la familia profesional Industrias Alimentarias, recogidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, establecidas por Real Decreto 295/2004, de 20 de febrero, Real Decreto 1087/2005, de 16 de septiembre, Real Decreto 1228/2006, de 27 de octubre, y Real Decreto 29/2007, de 8 de junio; y se modifican parcialmente determinados anexos establecidos por Real Decreto 1087/2005, de 16 de septiembre, Real Decreto 1228/2006, de 27 de octubre y Real Decreto 729/2007, de 8 de junio. (BOE 07-10-15).
Se ubica en el sector de bebidas, subsector de vinos, bebidas espirituosas, aguardientes y vinagre.