Nivel de
Cualificación
Profesional
3
Código: INA016_3
Familia Profesional: Industrias alimentarias
Duración de la formación asociada: 600h
Supervisar y controlar la producción vitícola, organizando las operaciones de elaboración y crianza de vinos en las condiciones establecidas en los procedimientos de trabajo y calidad, programando el manejo y el mantenimiento de maquinaria y equipos de producción vitivinícola.
Desarrolla su actividad profesional en el departamento de producción, desarrollo de productos y servicios en relación con los de mantenimiento operativo y preventivo, salud y seguridad laboral, medio ambiente y control de la calidad de la producción y seguridad, en la Industria Alimentaria en el área de bebidas, dedicado a la producción de uva, elaboración, crianza y envasado de vino, en entidades de naturaleza privada, en grandes, medianas y pequeñas empresas vitivinícolas, tanto por cuenta ajena como de forma autónoma. Desarrolla su actividad dependiendo, en su caso, funcional y/o jerárquicamente de un superior. Puede tener personal a su cargo en ocasiones, por temporadas o de
forma estable. Su actividad profesional está sometida a regulación por la Administración competente. En el desarrollo de la actividad profesional se aplican los principios de accesibilidad universal de acuerdo con la normativa aplicable.
- Real Decreto 295/2004, de 20 de febrero, por el que se establecen determinadas cualificaciones profesionales que se incluyen en el Catálogo nacional de cualificaciones profesionales, así como sus correspondientes módulos formativos que se incorporan al Catálogo modular de formación profesional. (BOE 09-03-04).
- Orden PRE/2047/2015, de 1 de octubre, por la que se actualizan dieciséis cualificaciones profesionales de la familia profesional Industrias Alimentarias, recogidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, establecidas por Real Decreto 295/2004, de 20 de febrero, Real Decreto 1087/2005, de 16 de septiembre, Real Decreto 1228/2006, de 27 de octubre, y Real Decreto 29/2007, de 8 de junio; y se modifican parcialmente determinados anexos establecidos por Real Decreto 1087/2005, de 16 de septiembre, Real Decreto 1228/2006, de 27 de octubre y Real Decreto 729/2007, de 8 de junio. (BOE 07-10-15).
Se ubica en el sector productivo de fabricación y/o elaboración de bebidas, en el subsector relativo a elaboración de otras bebidas, procedentes de la fermentación, bebidas espirituosas, elaboración y conservación de vinos, crianza y envejecimiento de vinos, elaboración de vinos especiales, vinagres, destilados, espirituosos y aperitivos procedentes, o no, del vino (Vermuts y similares).