Nivel de
Cualificación
Profesional
2
Código: FME033_2
Familia Profesional: Fabricación mecánica
Duración de la formación asociada: 590h
Realizar las operaciones de los procesos de mecanizado por abrasión, electroerosión y procedimientos especiales afines, controlando los productos obtenidos y responsabilizándose del mantenimiento de primer nivel de las máquinas y equipos, con criterios de calidad, seguridad y respeto al medio ambiente.
Tipo | Código | Nombre | Duración | Nivel |
---|---|---|---|---|
MF | Procedimientos de Mecanizado por Abrasión, Electroerosión y Procedimientos Especiales | 120h | 2 | |
MF | Preparación y Programación de Máquinas y Sistemas de Abrasión, Electroerosión y Especiales | 260h | 2 | |
MF | Mecanizado por Abrasión, Electroerosión y Procedimientos Especiales | 210h | 2 |
Desarrolla su actividad profesional en el departamento de producción, dedicado a la fabricación mecánica, en entidades de naturaleza principalmente privada, en empresas de cualquier tamaño, tanto por cuenta propia como ajena, con independencia de su forma jurídica. Desarrolla su actividad dependiendo, en su caso, funcional y/o jerárquicamente de un superior. Puede tener personal a su cargo en ocasiones, por temporadas o de forma estable. En el desarrollo de la actividad profesional se aplican los principios de accesibilidad universal de acuerdo con la normativa aplicable.
- REAL DECRETO 295/2004, de 20 de febrero, por el que se establecen determinadas cualificaciones profesionales que se incluyen en el Catálogo nacional de cualificaciones profesionales, así como sus correspondientes módulos formativos que se incorporan al Catálogo modular de formación profesional. (BOE 09-03-04).
- Orden PRE/2052/2015, de 1 de octubre, por la que se actualizan catorce cualificaciones profesionales de la familia profesional Fabricación Mecánica, recogidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, establecidas por Real Decreto 295/2004, de 20 de febrero, Real Decreto
813/2007, de 22 de junio, y Real Decreto 1699/2007, de 14 de diciembre; y se modifican parcialmente determinados anexos establecidos por Real Decreto 1699/2007, de 14 de diciembre. (BOE 07-10-15).
Se ubica en el sector de industrias transformadoras de los metales, subsectores de metalurgia; de fabricación de productos metálicos; de construcción de maquinaria y equipo mecánico; de material y equipo eléctrico; electrónico y óptico y de material de transporte.