Cualifica2 – Escuela Superior de Cualificaciones Profesionales


Nivel de
Cualificación
Profesional

3

Certificado: SSCG0112 - Promoción y Participación de la Comunidad Sorda


Código: SSCG0112

Familia Profesional: Servicios socioculturales y a la comunidad

Área Profesional: Atención social

Duración de la formación asociada: 660 h



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· Competencia general:

Intervenir en los procesos de atención, integración y formación relacionados con las personas sordas y su entorno, exceptuando el ámbito de la educación formal, así como en acciones de sensibilización social sobre el colectivo de personas sordas.

· Unidades de Competencia del Certificado de Profesionalidad:
  • UC0252_3 Programar, organizar y evaluar las intervenciones de integración social
  • UC1023_3 Intervenir, apoyar y acompañar en la creación y desarrollo del tejido asociativo
  • UC1437_3 Utilizar la lengua de signos española para el ejercicio de sus funciones
  • UC1447_3 Asesorar y sensibilizar a individuos, colectivos e instituciones sobre la comunidad sorda

· Formación asociada
Tipo Código Nombre Duración Duración prueba final Horas tutorías presencial
· Entorno profesional
· Ámbito profesional

Desarrolla su actividad profesional en cualquier estructura u organización de carácter público y/o privado que gestione y/o preste servicios sociales, que atienda a personas sordas y/o que tenga como objeto la intervención social, laboral, familiar y cultural. Su actividad la realiza, cuando procede, en colaboración con un equipo interdisciplinar. Se integra en equipos interdisciplinares junto a otros profesionales del mismo nivel o superior. Su ejercicio profesional se dirige, entre otros, a los siguientes colectivos: Personas sordas. Entorno socio-familiar de las personas sordas. Sectores sociales de personas sordas: Mujeres, jóvenes, inmigrantes, mayores y/o personas en situación de desfavorecimiento socio-económico. Profesionales que atienden a personas sordas. Profesionales de atención básica al ciudadano. Voluntariado.
En el desarrollo de la actividad profesional se aplican los principios de accesibilidad universal de acuerdo con la legislación vigente.

· Salidas profesionales
- Agente de desarrollo de la comunidad sorda
- Agente dinamizador de la comunidad sorda
- Mediador social de la comunidad sorda
- Técnico en promoción, atención y formación a personas sordas

· Sectores productivos
- Agencias locales, provinciales y autonómicas
- Asociaciones de familias de personas sordas
- Centros de acogida
- Centros de atención a la discapacidad
- Centros de día
- Centros de inserción laboral
- Centros de rehabilitación psicosocial
- Centros de residencia
- Empresas que ofrecen servicios de accesibilidad
- Entidades públicas y/o privadas que mantienen relación con el colectivo de personas sordociegas de manera esporádica y no constante
- Entidades representativas del colectivo de personas sordas
- Unidades de hospitalización de larga duración
- Unidades o programas relacionados con la discapacidad


· Observaciones generales

· Referente Legislativo del Certificado de Profesionalidad:

- Real Decreto 625/2013, de 2 de agosto, por el que se establecen cuatro certificados de profesionalidad de la familia profesional Servicios socioculturales y a la comunidad que se incluyen en el Repertorio Nacional de certificados de profesionalidad y se actualizan los certificados de profesionalidad establecidos como anexo IV del Real decreto 1697/2011, de 18 de noviembre, como anexo II del Real Decreto 721/2011, de 20 de mayo y como anexo II del Real Decreto 1379/2008, de 1 de agosto, modificado por el Real Decreto 721/2011, de 20 de mayo (BOE 18-09-2013).

· Observaciones generales de los
espacios formativos:

No debe interpretarse que los diversos espacios formativos identificados deban diferenciarse necesariamente mediante cerramientos.
Las instalaciones y equipamientos deberán cumplir con la normativa industrial e higiénico sanitaria correspondiente y responderán a medidas de accesibilidad universal y seguridad de los participantes.
El número de unidades que se deben disponer de los utensilios, máquinas y herramientas que se especifican en el equipamiento de los espacios formativos, será el suficiente para un mínimo de 15 alumnos y deberá incrementarse, en su caso, para atender a número superior.
En el caso de que la formación se dirija a personas con discapacidad se realizarán las adaptaciones y los ajustes razonables para asegurar su participación en condiciones de igualdad.



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