Nivel de
Cualificación
Profesional
3
Código: SSCG0112
Familia Profesional: Servicios socioculturales y a la comunidad
Área Profesional: Atención social
Duración de la formación asociada: 660 h
Tipo | Código | Nombre | Duración | Duración prueba final | Horas tutorías presencial |
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Desarrolla su actividad profesional en cualquier estructura u organización de carácter público y/o privado que gestione y/o preste servicios sociales, que atienda a personas sordas y/o que tenga como objeto la intervención social, laboral, familiar y cultural. Su actividad la realiza, cuando procede, en colaboración con un equipo interdisciplinar. Se integra en equipos interdisciplinares junto a otros profesionales del mismo nivel o superior. Su ejercicio profesional se dirige, entre otros, a los siguientes colectivos: Personas sordas. Entorno socio-familiar de las personas sordas. Sectores sociales de personas sordas: Mujeres, jóvenes, inmigrantes, mayores y/o personas en situación de desfavorecimiento socio-económico. Profesionales que atienden a personas sordas. Profesionales de atención básica al ciudadano. Voluntariado.
En el desarrollo de la actividad profesional se aplican los principios de accesibilidad universal de acuerdo con la legislación vigente.
- Real Decreto 625/2013, de 2 de agosto, por el que se establecen cuatro certificados de profesionalidad de la familia profesional Servicios socioculturales y a la comunidad que se incluyen en el Repertorio Nacional de certificados de profesionalidad y se actualizan los certificados de profesionalidad establecidos como anexo IV del Real decreto 1697/2011, de 18 de noviembre, como anexo II del Real Decreto 721/2011, de 20 de mayo y como anexo II del Real Decreto 1379/2008, de 1 de agosto, modificado por el Real Decreto 721/2011, de 20 de mayo (BOE 18-09-2013).
No debe interpretarse que los diversos espacios formativos identificados deban diferenciarse necesariamente mediante cerramientos.
Las instalaciones y equipamientos deberán cumplir con la normativa industrial e higiénico sanitaria correspondiente y responderán a medidas de accesibilidad universal y seguridad de los participantes.
El número de unidades que se deben disponer de los utensilios, máquinas y herramientas que se especifican en el equipamiento de los espacios formativos, será el suficiente para un mínimo de 15 alumnos y deberá incrementarse, en su caso, para atender a número superior.
En el caso de que la formación se dirija a personas con discapacidad se realizarán las adaptaciones y los ajustes razonables para asegurar su participación en condiciones de igualdad.