Nivel de
Cualificación
Profesional
2
Código: AFDP0209
Familia Profesional: Actividades físicas y deportivas
Área Profesional: Prevención y recuperación
Duración de la formación asociada: 420 h
Tipo | Código | Nombre | Duración | Duración prueba final | Horas tutorías presencial |
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Desarrolla su actividad profesional tanto en el sector público como en el privado, dedicado a la prevención, vigilancia y rescate en espacios acuáticos naturales (playas marítimas y fluviales, ríos, lagos y embalses, entre otros); ayuntamientos (equipos de rescate y socorrismo y Unidades de Intervención Acuática); empresas de servicios deportivos en espacios acuáticos naturales; empresas de turismo en espacios acuáticos naturales y puertos deportivos, clubes y federaciones con actividad en el medio acuático.
- Real Decreto 711/2011, de 20 de mayo, por el que se establecen tres certificados de profesionalidad de la familia profesional Actividades físicas y deportivas que se incluyen en el Repertorio Nacional de certificados de profesionalidad y se actualiza el certificado de profesionalidad establecido en el Real Decreto 1209/2009, de 17 de julio (BOE 10-06-11).
- Real Decreto 611/2013, de 2 de agosto, por el que se establecen dos certificados de profesionalidad de la familia profesional Actividades físicas y deportivas que se incluyen en el Repertorio Nacional de certificados de profesionalidad y se actualizan los certificados de profesionalidad establecidos como anexos II y III del Real Decreto 711/2011, de 20 de mayo (BOE 7-09-2013).
No debe interpretarse que los diversos espacios formativos identificados deban diferenciarse necesariamente mediante cerramientos.
Las instalaciones y equipamientos deberán cumplir con la normativa industrial e higiénico sanitaria correspondiente y responderán a medidas de accesibilidad universal y seguridad de los participantes.
El número de unidades que se deben disponer de los utensilios, máquinas y herramientas que se especifican en el equipamiento de los espacios formativos, será el suficiente para un mínimo de 15 alumnos y deberá incrementarse, en su caso, para atender a número superior.
En el caso de que la formación se dirija a personas con discapacidad se realizarán las adaptaciones y los ajustes razonables para asegurar su participación en condiciones de igualdad.
Se publican en el Boletín Oficial del Estado, de 10 de junio de 2011, Certificados de Profesionalidad de las familias profesionales de Informática y comunicaciones, Actividades físicas y deportivas, Artes gráficas y Vidrio y cerámica. Familia profesional Informática y comunicaciones Real Decreto 686/2011, de 13 de mayo, por el que se establecen seis Certificados de Profesionalidad de la familia profesional Informáti...