Cualifica2 – Escuela Superior de Cualificaciones Profesionales


Nivel de
Cualificación
Profesional

2

Certificado: TMVU0311 - Mantenimiento de Aparejos de Embarcaciones Deportivas y de Recreo


Código: TMVU0311

Familia Profesional: Transporte y mantenimiento de vehículos

Área Profesional: Náutica

Duración de la formación asociada: 570 h



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· Competencia general:

Realizar operaciones de mantenimiento de los mástiles, jarcias, velas y otros elementos de la arboladura de embarcaciones deportivas y de recreo, aplicando criterios de calidad y cumpliendo los planes de prevención de riesgos laborales y medioambientales de la empresa

· Unidades de Competencia del Certificado de Profesionalidad:
  • UC1827_2 Realizar el mantenimiento de la jarcia firme y de labor de embarcaciones deportivas y de recreo
  • UC1828_2 Realizar el mamtenimiento de mástiles y otros elementos de la arboladura de embarcaciones deportivas y de recreo.
  • UC1829_2 Realizar el mantenimiento de los sistemas de control y elementos auxiliares de jas jarcias de embarcaciones deportivas y de recreo.
  • UC1830_2 Confeccionar y mantener velas y otros elementos textiles auxiliares de embarcaciones deportivas y de recreo.

· Formación asociada
Tipo Código Nombre Duración Duración prueba final Horas tutorías presencial
· Entorno profesional
· Ámbito profesional

Desarrolla su actividad profesional tanto por cuenta propia como por cuenta ajena, en pequeñas y medianas empresas, de naturaleza tanto pública como privada, dedicadas a la construcción y el mantenimiento de embarcaciones deportivas y de recreo, dependiendo, en su caso, funcional y jerárquicamente de un superior y pudiendo tener a su cargo personal de nivel inferior.



· Observaciones generales

· Referente Legislativo del Certificado de Profesionalidad:

- Real Decreto 626/2013, de 2 de agosto, por el que se establecen seis certificados de profesionalidad de la familia profesional Transporte y mantenimiento de vehículos que se incluyen en el Repertorio Nacional de certificados de profesionalidad y se actualizan los certificados de profesionalidad establecidos como anexo V del Real Decreto 723/2011, de 20 de mayo y como anexo V del Real Decreto 1539/2011, de 31 de octubre (BOE 18/09/2013).

· Observaciones generales de los
espacios formativos:

No debe interpretarse que los diversos espacios formativos identificados deban diferenciarse necesariamente mediante cerramientos.

Las instalaciones y equipamientos deberán cumplir con la normativa industrial e higiénico-sanitaria correspondiente y responderán a medidas de accesibilidad universal y seguridad de los participantes.

El número de unidades que se deben disponer de los utensilios, máquinas y herramientas que se especifican en el equipamiento de los espacios formativos, será el suficiente para un mínimo de 15 alumnos y deberá incrementarse, en su caso, para atender a número superior.

En el caso de que la formación se dirija a personas con discapacidad se realizarán las adaptaciones y los ajustes razonables para asegurar su participación en condiciones de igualdad.



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