Cualifica2 – Escuela Superior de Cualificaciones Profesionales


Nivel de
Cualificación
Profesional

2

Certificado: MAPN0612 - Mantenimiento de los Equipos de un Parque de Pesca de la Instalación Frigorífica


Código: MAPN0612

Familia Profesional: Marítimo pesquera

Área Profesional: Pesca y navegación

Duración de la formación asociada: 480 h



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· Competencia general:

Realizar las operaciones de mantenimiento y reparación de las máquinas y equipos que integran el parque de pesca y la instalación frigorífica a bordo de buques pesqueros, cumpliendo la reglamentación vigente y en condiciones de seguridad.

· Unidades de Competencia del Certificado de Profesionalidad:
  • UC0010_1 Contribuir a las operaciones de cubierta en una embarcación pesquera
  • UC0733_1 Actuar en emergencias marítimas y aplicar las normas de seguridad en el trabajo
  • UC1890_2 Efectuar los trabajos de limpieza y preparación de la maquinaria del parque de pesca
  • UC1891_2 Efectuar las labores de mantenimiento de los equipos que componen la instalación frigorífica del parque de pesca
  • UC1892_2 Mantener y reparar los equipos mecánicos del parque de pesca actuando según las normas de seguridad y emergencia

· Formación asociada
Tipo Código Nombre Duración Duración prueba final Horas tutorías presencial
· Entorno profesional
· Ámbito profesional

Desarrolla su actividad profesional por cuenta ajena, tanto en buques pesqueros como en buques dedicados al transporte marítimo, así como en instalaciones de refrigeración comerciales e industriales de diversos sectores productivos. Depende funcional y jerárquicamente de un superior. Su actividad profesional está sometida a regulación por la Administración competente.



· Observaciones generales

· Referente Legislativo del Certificado de Profesionalidad:

- Real Decreto 988/2013, de 13 de diciembre, por el que se establecen nueve certificados de profesionalidad de la familia profesional Marítimo-Pesquera que se incluyen en el Repertorio Nacional de certificados de profesionalidad y se actualizan los certificados de profesionalidad establecidos como anexo IV del Real Decreto 1774/2011, de 2 de diciembre y como anexo III del Real Decreto 1533/2011 de 31 de octubre.

· Observaciones generales de los
espacios formativos:

No debe interpretarse que los diversos espacios formativos identificados deban diferenciarse necesariamente mediante cerramientos.
Las instalaciones y equipamientos deberán cumplir con la normativa industrial e higiénico sanitaria correspondiente y responderán a medidas de accesibilidad universal y seguridad de los participantes.
El número de unidades que se deben disponer de los utensilios, máquinas y herramientas que se especifican en el equipamiento de los espacios formativos, será el suficiente para un mínimo de 15 alumnos y deberá incrementarse, en su caso, para atender a número superior.
En el caso de que la formación se dirija a personas con discapacidad se realizarán las adaptaciones y los ajustes razonables para asegurar su participación en condiciones de igualdad. cve: BOE-A-2014-1218



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