Siguiendo con la línea de la entrada anterior, destacamos que próximamente tendrá lugar la publicación de la convocatoria de subvenciones públicas para planes de formación dirigidos a personas ocupadas.

Las acciones formativas que configuren estos planes podrán ser de modalidad presencial, teleformación y mixta (presencial y teleformación) y no podrán tener una duración inferior a 6 horas ni superior a 210 horas.

Las temáticas principales versarán sobre: internacionalización de la empresa, emprendimiento, innovación, desarrollo tecnológico de los procesos productivos, logística y eficiencia energética. Asimismo, se consideran acciones formativas prioritarias las dirigidas a la obtención de los certificados de profesionalidad.

Podrán participar en los planes de formación previstos en esta convocatoria:

a) Las personas trabajadoras que prestan sus servicios retribuidos en empresas o en entidades públicas y cotizan a la Seguridad Social en concepto de formación profesional.junges team arbeitet an der existenzgründung

b) Las personas trabajadoras que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones: fijos discontinuos en los períodos de no ocupación, personas que accedan a situación de desempleo cuando se encuentren en período formativo o personas acogidas a regulación de empleo en sus períodos de suspensión de empleo.

c) Las personas trabajadoras adscritas al Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios incluidos en el Régimen General de la Seguridad Social.

d) Las personas trabajadoras en situación de desempleo, inscritas como demandantes de empleo en los Servicios Públicos de Empleo de las comunidades autónomas y en el Servicio Público de Empleo Estatal en Ceuta y Melilla.

e) Los cuidadores no profesionales de las personas en situación de dependencia podrán participar en la formación de oferta sectorial de referencia.

f) El personal al servicio de las Administraciones públicas.

Resaltar que tendrán prioridad en el acceso a la formación los siguientes colectivos: mujeres, personas con discapacidad, personas de baja cualificación, mayores de 45 años, jóvenes menores de 30 años, trabajadores de pequeñas y medianas empresas y desempleados de larga duración.

Los planes de formación que se desarrollen al amparo de esta convocatoria se financiarán con cargo al crédito presupuestario 19.101.241A.482.50 del presupuesto de gastos del Servicio Público de Empleo Estatal,  por un importe de 69.459.312,50 euros  para el ejercicio 2014, de 34.729.656,25 euros para el ejercicio 2015 y de 34.729.656,25 euros para el ejercicio 2016.

Podrán solicitar esta ayuda:

a) Las empresas con centros de trabajo en más de una comunidad autónoma o ciudad con Estatuto de Autonomía, que aporten compromisos de contratación.

b) Los grupos de empresa, entendiendo como tales aquellos que consoliden balances, tengan una dirección efectiva común o estén formados por filiales de una misma empresa matriz, con presencia en más de una comunidad autónoma o ciudad con Estatuto de Autonomía, que aporten compromisos de contratación.